Condiciones generales de venta y entrega
Validez de las Condiciones Generales de Venta y Entrega
Las ofertas del proveedor(enwitec electronic GmbH), la aceptación de pedidos y todas las entregas se realizan exclusivamente en base a las siguientes “Condiciones Generales de Venta y Suministro”. Estas “Condiciones Generales de Venta y Suministro” se aplicarán si el cliente es un empresario (§ 14 BGB [Código Civil alemán]), una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público. Salvo acuerdo en contrario, las Condiciones Generales de Venta y Suministro se aplicarán en la versión válida en el momento del pedido del cliente o en la última versión que se le haya comunicado en forma de texto. Por la presente se rechazan expresamente las condiciones de compra u otras condiciones divergentes del Comprador; no serán vinculantes para el Proveedor aunque éste no vuelva a oponerse a ellas tras la celebración del contrato. Lo contrario sólo se aplicará si el Proveedor acepta expresamente por escrito la validez de las condiciones del Comprador.Oferta y celebración del contrato
- Las ofertas del Proveedor están sujetas a cambios y a la confirmación por escrito del Proveedor, a menos que se acuerde expresamente lo contrario por escrito. La aceptación de pedidos realizados por representantes queda reservada y también requiere la confirmación por escrito del proveedor. Los documentos pertenecientes a una oferta, como ilustraciones, dibujos y especificaciones de peso, así como descripciones más detalladas, son sólo aproximados y sirven para la descripción y especificación aproximada del objeto de suministro. Lo mismo se aplica a los datos de rendimiento y consumo. Esta información no constituye una garantía de la calidad o durabilidad del objeto de entrega. El proveedor se reserva el derecho a realizar cambios en las dimensiones y pesos del artículo de entrega hasta su entrega.
- El proveedor se reserva el derecho de propiedad y de autor sobre todas las ilustraciones, dibujos, cálculos y otros documentos, así como folletos y catálogos. Cualquier uso fuera del contrato subyacente, así como la divulgación a terceros, requiere el consentimiento expreso por escrito del proveedor.
- Las mercancías que debe entregar el Proveedor y el alcance de los servicios que debe prestar pueden acordarse con más detalle en un contrato individual entre el Proveedor y el Cliente. A menos que en el contrato individual se acuerden con el Cliente disposiciones que se desvíen de las siguientes, estas “Condiciones Generales de Venta y Suministro” se aplicarán además del contrato individual. El Proveedor se reserva el derecho a complementar o ampliar los servicios y a añadir nuevos servicios y, en estos casos, a complementar en consecuencia las “Condiciones Generales de Venta y Suministro” y las descripciones de servicios a las que se hace referencia en las “Condiciones Generales de Venta y Suministro”.
- En el caso de la fabricación y entrega de estaciones de carga para vehículos eléctricos para el cliente, los siguientes servicios no forman parte de los servicios del proveedor: la provisión de una conexión a la red para la conexión de los bienes, la aplicación de las medidas necesarias para lograr una conexión a la red, la instalación y puesta en marcha de los bienes, el funcionamiento o mantenimiento y revisión de los bienes, la tramitación del pago por el funcionamiento y uso de los bienes.
Precios y pagos
- Los precios no incluyen embalaje, transporte ni seguro en fábrica y no se aplican a pedidos repetidos. Los gastos de embalaje se cobrarán aparte, los gastos de transporte y seguro se cobrarán según se hayan producido y acordado. Los acuerdos marco no se ven afectados por estas normas; las condiciones correspondientes se acuerdan por separado.
- Los precios se basan en los costes de producción en el momento de la confirmación por escrito del Proveedor. Si estos costes de producción aumentan en el momento de la entrega debido a un aumento de los impuestos, los precios de las materias primas, los materiales auxiliares, la energía, los fletes o los salarios, el Proveedor tendrá derecho a ajustar el precio acordado en consecuencia. El comprador no podrá derivar un derecho de cancelación de dicho aumento de precio.
- Si el plazo de entrega acordado es superior a cuatro meses después de la celebración del contrato o si la entrega se produce realmente más de cuatro meses después de la celebración del contrato por causas imputables al cliente, el proveedor tendrá derecho a cobrar el precio vigente el día de la entrega.
- El precio de entrega acordado más el IVA legal es pagadero a la recepción de la factura, independientemente de cualquier otro acuerdo. No están permitidos los pagos a representantes del proveedor sin autorización escrita para el cobro. Si hay varias facturas pendientes, los pagos se compensarán primero con las reclamaciones más antiguas; si ya se han producido costes e intereses, los pagos se compensarán primero con los costes, después con los intereses y finalmente con el servicio principal, de nuevo en cada caso con las facturas más antiguas.
- La retención y la compensación con el precio de compra sólo se permiten con reclamaciones indiscutibles o legalmente establecidas. El cliente sólo está autorizado a ejercer un derecho de retención en la medida en que su reconvención se base en la misma relación contractual.
- Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, los importes de las facturas son pagaderos netos en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la factura.
Por defecto
- Se cobrarán los intereses legales si se superan los plazos de pago o en caso de aplazamiento posterior.
- Si el Comprador no paga un cheque o si el Proveedor tiene conocimiento de un empeoramiento significativo de las circunstancias del Comprador que ponga en peligro la reclamación de pago, vencerá la totalidad de la deuda restante. Si no se paga inmediatamente la totalidad de la deuda restante, vencerá el derecho del Comprador a utilizar el objeto de entrega. El Proveedor tendrá derecho bien a recuperar el objeto de entrega sin renunciar a sus reclamaciones hasta que hayan sido satisfechas, bien a rescindir el contrato. Si tales circunstancias se conocen después de la celebración del contrato pero antes de que se lleve a cabo la entrega, el proveedor podrá denegar el cumplimiento y exigir el pago simultáneamente con la entrega, aunque se hayan acordado otras condiciones y plazos de pago; alternativamente, el proveedor podrá exigir la constitución de una garantía.
- Si el cliente no cumple sus obligaciones de pago tras un recordatorio con un plazo de gracia razonable para el pago, el proveedor tiene derecho a recuperar el objeto de entrega o a rescindir el contrato. En el caso de una operación a plazos, el Proveedor podrá rescindir el contrato por impago del Comprador en las condiciones previstas por la ley.
- En caso de rescisión del contrato, el Proveedor tiene además derecho a exigir una indemnización en lugar del cumplimiento o el reembolso de sus gastos inútiles si el Proveedor había fijado previamente al Comprador un plazo razonable para el cumplimiento sin éxito. Si el Proveedor exige una indemnización en lugar del cumplimiento, tendrá derecho a cobrar el 25% del precio de compra acordado sin deducción como cantidad a tanto alzado por daños y perjuicios. El Proveedor tendrá libertad para probar y reclamar daños y perjuicios superiores; el Comprador también tendrá libertad para probar que no se ha producido ningún daño o que los daños y perjuicios han sido significativamente inferiores a la cantidad a tanto alzado exigida. Esto también será de aplicación si el Comprador no sólo se retrasa en el pago, sino que también se retrasa en la aceptación de las mercancías o en cualquier otra obligación de cooperación.
- Si el contrato se rescinde después de la entrega de la mercancía, el proveedor tendrá derecho a una indemnización por la cesión de uso, además de la reclamación de devolución de la mercancía; esta reclamación será independiente de las reclamaciones por daños y perjuicios y de la indemnización por gastos inútiles.
- Todas las disposiciones anteriores se aplicarán también en los casos de entrega directa al cliente final por parte del proveedor a petición del cliente.
- Plazo de entrega
- La entrega y el plazo de entrega o, en su caso, la recogida por parte del cliente se acordarán por separado.
- El plazo de entrega comenzará en la fecha de envío de la confirmación del pedido y se considerará cumplido si la mercancía ha salido de la fábrica al finalizar el plazo de entrega. El plazo de entrega se ampliará adecuadamente en caso de conflictos laborales, en particular huelgas y cierres patronales, así como en caso de obstáculos imprevistos, como interrupciones operativas, escasez de materias primas, interrupciones del tráfico, etc., que estén fuera del control del proveedor, en la medida en que se demuestre que dichos obstáculos tienen una influencia significativa en la finalización o entrega del objeto de entrega. Esto también se aplica si las circunstancias se producen en proveedores o subcontratistas anteriores.
- El Proveedor no será responsable de las circunstancias mencionadas aunque se produzcan durante un retraso ya existente.
- El cumplimiento del plazo de entrega está sujeto al cumplimiento de las obligaciones contractuales del cliente, en particular la aportación de los certificados o aprobaciones oficiales. En caso contrario, el plazo de entrega y la fecha límite de entrega se prorrogarán en consecuencia.
Envío
La mercancía se entregará en fábrica como lugar de cumplimiento para la entrega y cualquier cumplimiento posterior. A petición y por cuenta del Comprador, la mercancía se enviará a otro destino (venta por envío). Todos los envíos se realizarán según el mejor criterio del Proveedor y por cuenta del Cliente. El Proveedor se reserva el derecho a elegir el modo de envío; no podrá derivarse ninguna reclamación contra el Proveedor de la elección realizada.Envíos al extranjero
Los envíos a países extranjeros pueden estar sujetos a condiciones generales de venta adicionales para la exportación y a otros acuerdos especiales adicionales. Además, se considerarán acordados los Incoterms® 2020; el proveedor será libre de utilizarlos.Transferencia del riesgo y aceptación
- El riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de la mercancía se transmitirá al Comprador en el momento en que la mercancía se entregue al transportista, independientemente de que el Proveedor o el Comprador hayan encargado el transporte, incluso si se realizan entregas parciales o el Proveedor ha asumido otros servicios, sin perjuicio de otros acuerdos.
- Si el envío, que puede efectuarse a elección del Proveedor por ferrocarril o agencia de transportes, se retrasa por circunstancias imputables al Comprador, el riesgo se transmitirá al Comprador el día en que la mercancía esté lista para su envío; no obstante, el Proveedor estará obligado a contratar el seguro que solicite el Comprador a petición y a cargo de éste. Los bienes entregados, aunque presenten defectos insignificantes, deberán ser aceptados por el Comprador sin perjuicio de los derechos que le correspondan en virtud del artículo IX.
- Las entregas parciales serán admisibles en la medida en que sean razonables para el cliente.
- Si la aceptación de los bienes por parte del Comprador se retrasa, el riesgo se transmitirá al Comprador a partir de la oferta efectiva de cumplimiento por parte del Proveedor.
- Si el Proveedor incurre en costes adicionales debido al retraso del Comprador en la aceptación, el Proveedor podrá exigir una indemnización al Comprador.
Garantía
- Si hay defectos en la entrega, éstos deben ser notificados primero debidamente por el comprador de acuerdo con los §§ 377, 381 HGB. El Proveedor no será responsable de los defectos que el Comprador conozca o desconozca por negligencia grave en el momento de la celebración del contrato (§ 442 BGB).
- Los defectos se subsanarán a discreción del Proveedor o se sustituirán las piezas defectuosas mediante la entrega de nuevas mercancías libres de defectos; las piezas sustituidas pasarán a ser propiedad del Proveedor. El proveedor se reserva el derecho a realizar dos (2) intentos de cumplimiento posterior.
- De los costes directos derivados de la reparación o de la entrega sustitutoria, el proveedor correrá con los costes de la pieza sustitutoria, siempre que la reclamación resulte justificada.
- Las mercancías defectuosas se repararán en las instalaciones del fabricante. Los gastos de desmontaje y montaje, transporte, embalaje, etc. correrán a cargo del cliente.
- Las garantías del fabricante transmitidas en el marco de la entrega, así como los certificados de conformidad y/o seguridad del fabricante, no constituyen una garantía propia del proveedor y no constituyen un acuerdo contractual de calidad por parte del proveedor.
- En el caso de transacciones en las que no intervenga un consumidor, el Proveedor no asumirá ninguna garantía por los componentes del producto proporcionados por el Cliente.
- En caso de defectos menores, así como de desgaste natural, queda excluida la garantía.
- Las reclamaciones de recurso del comprador quedan excluidas en particular si el comprador ha llegado a acuerdos con su cliente que van más allá de las reclamaciones por defectos legalmente obligatorias.
- El proveedor no será responsable de los daños causados por una conexión o un funcionamiento inadecuados de la mercancía después de su aceptación.
- Además de la Cláusula IX, se aplicarán las siguientes disposiciones si el Comprador desea que el Proveedor aplique especificaciones individuales en los bienes pedidos. La especificación individual del Comprador formará parte del pedido. Si no se ha acordado ninguna especificación individual, se aplicará la especificación estándar del Proveedor.
- El Comprador facilitará al Proveedor los documentos e información necesarios para la realización de su trabajo. En particular, el Comprador facilitará información detallada sobre los cambios técnicos de la especificación estándar e información sobre los requisitos generales. Esto incluye información o documentación sobre los diagramas de circuitos de cada modelo, incluidos los de las unidades de control; sobre el firmware actual; sobre los lectores RFID utilizados, en función del controlador respectivo; sobre los requisitos de prueba y los procedimientos de prueba.
- El cliente sigue siendo responsable de la revisión y el mantenimiento de la documentación técnica.
- El cliente deberá procurarse por su cuenta todos los derechos necesarios de terceros para las especificaciones individuales.
- El proveedor no garantiza que las mercancías no infrinjan ningún derecho de propiedad industrial, derechos de autor u otros derechos de terceros tras la realización de las especificaciones individuales.
- Si las especificaciones individuales del cliente no son técnicamente viables, el proveedor no será responsable de la viabilidad del pedido. El Proveedor coordinará la viabilidad del pedido con el Cliente.
- Estas disposiciones también se aplicarán en caso de que el Proveedor utilice empresas afiliadas u otros agentes indirectos en la ejecución y cumplimiento del pedido.
Prescripción
Las reclamaciones de garantía caducan a los dos años de la entrega de la mercancía. No obstante, se aplicará el plazo legal si la ley prescribe plazos más largos para reclamaciones por defectos materiales en edificios y objetos para edificios, para el derecho de recurso del cliente según los artículos 478, 479 del BGB o por defectos de construcción. El plazo de prescripción también se aplicará en caso de lesión de la vida, la integridad física o la salud, en caso de incumplimiento intencionado o negligencia grave por parte del proveedor y de ocultación fraudulenta del defecto.Responsabilidad por daños y perjuicios
- El Proveedor responderá de los daños y perjuicios conforme a las disposiciones legales si el Comprador hace valer reclamaciones basadas en dolo o negligencia grave, incluido dolo o negligencia grave por parte de representantes o auxiliares ejecutivos. En la medida en que no se acuse al Proveedor de incumplimiento doloso del contrato, la responsabilidad por daños y perjuicios se limitará a los daños previsibles y típicos.
- El Proveedor será responsable de acuerdo con las disposiciones legales si se incumple culpablemente una obligación contractual material. En este caso, la responsabilidad por daños y perjuicios se limitará a los daños previsibles y típicos.
- La responsabilidad por lesiones culposas a la vida, la integridad física o la salud no se ve afectada; esto también se aplica a la responsabilidad obligatoria en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos.
- Salvo que se estipule lo contrario, queda excluida toda responsabilidad.
Conservación del título
- El proveedor conserva la propiedad de los bienes hasta que se hayan recibido todos los pagos derivados del contrato.
- En caso de embargo, confiscación u otro tipo de acceso por parte de terceros, el Comprador deberá notificarlo inmediatamente por escrito al Proveedor para que éste pueda ejercer sus derechos derivados de la reserva de dominio.
- El comprador tiene derecho a revender la mercancía en el curso ordinario de los negocios, pero por la presente cede al proveedor todas las reclamaciones a las que tenga derecho por la reventa de la mercancía por el importe del precio de compra bruto de la reclamación del proveedor. Esto se aplicará independientemente de si la mercancía se revende sin transformación o después de ella.
- El procesamiento o transformación de la mercancía por parte del cliente se realiza siempre por cuenta del proveedor. Si la mercancía se procesa con otros artículos que no pertenezcan al proveedor, éste adquirirá la copropiedad del nuevo artículo en la proporción del valor de su propio derecho sobre los otros artículos procesados en el momento del procesamiento. La reserva de propiedad seguirá aplicándose íntegramente al bien creado por la transformación.
- Si la mercancía entregada se mezcla inseparablemente con otros artículos que no pertenezcan al Proveedor, el Proveedor adquirirá a su vez la propiedad del nuevo artículo en la proporción del valor del artículo comprado con respecto a los otros artículos mezclados en el momento de la mezcla. Si la mezcla se realiza de tal forma que el artículo del Cliente debe considerarse como el artículo principal, el Cliente transferirá la copropiedad al Proveedor a prorrata, y el Cliente custodiará para el Proveedor la propiedad única o la copropiedad del Proveedor.
- Si los bienes u objetos suministrados o los artículos fabricados a partir de ellos son revendidos por el Comprador o instalados directa o posteriormente en una propiedad de un tercero de tal forma que se conviertan en componentes esenciales de la propiedad del tercero, los créditos del Comprador frente a su cliente o terceros que sustituyan a estos artículos se transferirán al Proveedor para garantizar sus créditos sin necesidad de una declaración especial de cesión.
- El Proveedor liberará las garantías a las que tenga derecho a petición del Comprador en la medida en que el valor realizable de las garantías supere en más de un 10% los créditos a garantizar; el Proveedor será responsable de seleccionar las garantías a liberar.
Varios
- El contrato seguirá siendo vinculante en sus partes restantes aunque alguna de sus disposiciones sea legalmente inválida; la disposición inválida será sustituida por una disposición que se aproxime lo más posible a la intención económica de la disposición inválida.
- Se acuerda que el lugar de cumplimiento y el lugar de jurisdicción sea el domicilio social del proveedor, siempre que el comprador sea un comerciante en el sentido de la ley; no obstante, el proveedor es libre de interponer una demanda en el domicilio social del comprador.
- Todos los acuerdos entre el Proveedor y el Comprador deben realizarse por escrito; la forma escrita también se aplica a todas las modificaciones y/o acuerdos accesorios antes o después de la celebración del contrato. A este respecto, la forma escrita también se aplicará a cualquier cancelación de esta cláusula de forma escrita.
- Las relaciones jurídicas relacionadas con este contrato se regirán por el derecho sustantivo alemán, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
Condiciones Generales de Compra de enwitec electronic GmbH
- Generalidades – Ámbito de aplicación
- Nuestros Términos y Condiciones de Compra se aplicarán exclusivamente a todos los pedidos que realicemos, incluidos los pedidos futuros; no reconocemos ningún término o condición del proveedor que entre en conflicto con nuestros Términos y Condiciones de Compra o se desvíe de ellos, a menos que hayamos aceptado expresamente su validez por escrito. Nuestros Términos y Condiciones de Compra también se aplicarán si aceptamos la entrega del proveedor sin reservas a sabiendas de que los términos y condiciones del proveedor entran en conflicto con nuestros Términos y Condiciones de Compra o se desvían de ellos.
- Nuestros Términos y Condiciones de Compra sólo se aplicarán a los empresarios de acuerdo con la Sección 310 (4) del BGB.
- Sólo un pedido por escrito es vinculante; los pedidos realizados verbalmente o por teléfono requieren una confirmación por escrito para ser válidos.
- Toda la correspondencia relacionada con el contrato debe dirigirse a nosotros, indicando el número de pedido.
- Aceptación de la oferta – Confirmación del pedido – Documentos de la oferta
- El proveedor está obligado a aceptar nuestro pedido en el plazo de una semana, transcurrido el cual ya no estaremos vinculados por el pedido/nuestra oferta.
- La declaración de aceptación también puede hacerse por correo electrónico o fax.
Siempre debe hacerse referencia al número de pedido en la confirmación del pedido.
- Nos reservamos los derechos de propiedad y los derechos de autor de las ilustraciones, dibujos, cálculos y otros documentos; no pueden ponerse a disposición de terceros sin nuestro consentimiento expreso por escrito. Deben utilizarse exclusivamente para la producción sobre la base de nuestro pedido; deben devolvérsenos sin solicitarlos una vez finalizado el pedido. Deben mantenerse en secreto frente a terceros; a este respecto, la Sección XII.
- El proveedor debe asegurarse de que los datos de nuestro pedido figuren en todos los demás documentos relativos al mismo (albarán, factura, etc.).
- El proveedor no podrá realizar ningún cambio en el pedido sin nuestro consentimiento por escrito; nosotros podremos modificar nuestros pedidos en cualquier momento en la medida en que sea razonable para el proveedor.
- En caso de insolvencia, incapacidad de pago, etc. del proveedor, podemos rescindir el contrato; en caso de obligaciones continuadas, podemos rescindir el contrato de forma extraordinaria en estos casos.
Precios – Condiciones de pago
- El precio indicado en el pedido será vinculante, a menos que el precio de lista en el momento de la realización del servicio sea más favorable para nosotros.
- Si se acuerda en el pedido que los componentes del precio de las materias primas se determinen sobre la base de índices de materias primas (por ejemplo, el valor de mercado de la LME) durante el procesamiento como cláusula de aumento del precio o recargo sobre el precio del material o mediante una negociación orientada al mercado, entonces los demás componentes del precio se consideran y negocian por separado de las materias primas.
- Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el precio incluye la entrega “franco domicilio”, incluido el embalaje y los derechos de aduana. Si el impuesto sobre el valor añadido legal no se indica por separado en la confirmación del pedido o en la factura, está incluido en el precio. Podemos exigir al proveedor que recoja y se deshaga del embalaje de los bienes adquiridos a sus expensas; de lo contrario, la devolución del embalaje requiere un acuerdo especial.
- Si el proveedor es responsable de la instalación y/o el montaje, correrá con todos los gastos imprevistos que se produzcan, por ejemplo, gastos de desplazamiento, suministro de herramientas y personal, etc., salvo que se acuerde otra cosa por escrito.
- Sólo podemos tramitar las facturas si éstas -de acuerdo con las especificaciones de nuestro pedido- indican el número de pedido que allí figura; el proveedor es responsable de todas las consecuencias derivadas del incumplimiento de esta obligación, a menos que pueda demostrar que no es responsable de ellas.
- Las facturas deben presentarse por separado inmediatamente después de la entrega de la mercancía, es decir, no deben adjuntarse al envío. Las listas de embalaje y la información y documentos acordados deben adjuntarse a las facturas. Además, en las facturas debe figurar el nombre de nuestro expedidor.
- Salvo que se acuerde otra cosa por escrito, pagaremos el precio de compra en un plazo de 14 días, calculado a partir de la entrega y la recepción de la factura, menos un 3 % de descuento, en un plazo de 30 días menos un 2 % de descuento o en un plazo de 60 días netos.
- Las facturas por servicios parciales sólo serán pagaderas por nosotros con nuestro consentimiento previo por escrito antes de la ejecución del pedido completo.
- Tenemos derecho a compensación y derechos de retención en la medida permitida por la ley. Tenemos derecho a reducir los importes de las facturas por el valor de las mercancías devueltas, así como los gastos y reclamaciones por daños y perjuicios.
- Los derechos de compensación y retención del proveedor sólo se aplicarán en la medida en que sean indiscutibles o se hayan establecido legalmente.
- Plazo de entrega
- El plazo de entrega indicado en el pedido, que el proveedor debe comprobar cuidadosamente de antemano, es vinculante.
- El proveedor debe notificarnos el envío de la mercancía (confirmación de envío).
- El proveedor está obligado a informarnos inmediatamente por escrito si surgen circunstancias o se hacen reconocibles para él que indiquen que el plazo de entrega acordado no puede cumplirse.
- En el caso de entregas de gran volumen, la fecha de entrega debe notificarse con 3 días laborables de antelación. Los gastos en que incurra el proveedor por no haber llegado a un acuerdo previo con nosotros correrán a su cargo.
La entrega debe realizarse en los siguientes horarios, si es posible:
Lunes – Jueves 7:00 – 16:30
Viernes 7:00 – 12:00
Las entregas en otros horarios deben acordarse previamente por teléfono.
- En caso de retraso culpable en la entrega por parte del proveedor, tendremos derecho a exigir una penalización contractual del 0,2% del valor de la entrega por cada día de retraso o parte del mismo, pero no superior al 10% del valor de la entrega en total. Sin embargo, el proveedor no estará obligado a compensar nuestro lucro cesante a menos que haya sobrepasado estos plazos de entrega en más de diez (10) días. Nos reservamos el derecho a hacer valer otras reclamaciones. En particular, tendremos derecho a exigir una indemnización en lugar del cumplimiento y la rescisión tras la expiración infructuosa de un plazo razonable. Si exigimos una indemnización, el proveedor tendrá derecho a demostrarnos que no es responsable del incumplimiento. La aceptación de una entrega o prestación retrasada no constituye una renuncia a reclamar una indemnización.
- Las entregas parciales se etiquetarán con precisión como tales; sólo estaremos obligados a aceptar entregas parciales si así se ha acordado por escrito.
- Si la entrega se realiza antes de la fecha acordada, nos reservamos el derecho a no aceptar la entrega y a devolverla por cuenta y riesgo del proveedor.
- En el caso de obligaciones continuadas, podemos exigir al proveedor que cree un stock de inventario; el stock de inventario comprende al menos un pedido mensual.
- Transferencia del riesgo – Documentos – Sistema de gestión de la calidad
- Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, la entrega se realizará franco domicilio; los gastos de embalaje, aduanas y envío correrán siempre a cargo del proveedor.
El riesgo se transmitirá a nosotros cuando la mercancía nos sea entregada en el lugar de utilización designado.
- La propiedad del artículo adquirido pasará a nosotros en el momento de su entrega.
- El proveedor está obligado a indicar exactamente nuestro número de pedido en todos los documentos de envío y albaranes; si no lo hace, no seremos responsables de los retrasos en la tramitación.
Todos los documentos deben expedirse por duplicado; el contenido del envío (número de artículos, número de pedido, número de contenedores, etc.) debe describirse con precisión en los albaranes.
- El proveedor está obligado a enviarnos por escrito una declaración de no doble uso y una declaración de proveedor a largo plazo para las mercancías entregadas sin que se le solicite.
- El proveedor mantiene un sistema de gestión de la calidad y aporta pruebas de su certificación conforme a la norma DIN EN ISO 9001:2015.
Si se le solicita, el proveedor deberá demostrar la calidad de los productos mediante la presentación de certificados de prueba.
- El proveedor está obligado a facilitarnos todos los documentos relativos a la mercancía que tengan que ver con sustancias peligrosas; esto incluye, en particular, las declaraciones de conformidad con la Directiva RoHs (2011/65/UE) y el Reglamento REACH (1907/2006/CE).
- Ejecución del servicio
- El proveedor garantiza la función prevista, el diseño y la utilidad de los artículos pedidos, en particular el cumplimiento de las normas prescritas para la seguridad operativa. El proveedor también está obligado a proporcionar los documentos pertinentes con cada entrega como prueba de las pruebas y la aprobación del producto para su uso en la tecnología de conexión de CC.
- El proveedor se compromete a informarnos ampliamente sobre los posibles peligros asociados al uso del objeto contractual. Las denominadas hojas de materiales peligrosos deben suministrarse sin que se soliciten.
Inspección de defectos – Responsabilidad por defectos
- Estamos obligados a inspeccionar la mercancía dentro de un plazo razonable para detectar posibles desviaciones de calidad y cantidad, de conformidad con el artículo 377 del Código de Comercio alemán (HGB); la reclamación se considerará presentada a tiempo si el proveedor la recibe en un plazo de 7 días laborables, calculados a partir de la recepción de la mercancía o, en caso de vicios ocultos, a partir de su descubrimiento. Será suficiente un muestreo aleatorio.
- Si el proveedor ha ocultado fraudulentamente el defecto, no podrá invocar la obligación de controlar y notificar los defectos conforme al artículo 377 del HGB.
- Tendremos derecho a las reclamaciones legales por defectos en su totalidad; en cualquier caso, tendremos derecho a exigir que el proveedor, a nuestra discreción, rectifique el defecto o entregue un nuevo artículo. Nos reservamos expresamente el derecho a reclamar daños y perjuicios, en particular daños y perjuicios en lugar de la prestación.
- Tenemos derecho a subsanar el defecto nosotros mismos a costa del proveedor si existe un peligro inminente o una urgencia especial.
- El plazo de prescripción es de 36 meses, calculados a partir de la transferencia del riesgo, salvo que se acuerde otra cosa o que la ley prevea plazos más largos.
Descubrimiento del defecto después del procesamiento y la entrega
- Si un defecto de la mercancía no se manifiesta hasta después del procesamiento y la entrega al cliente final, tendremos derecho, además de las reclamaciones derivadas de la garantía legal, a hacer valer nosotros mismos las reclamaciones por cumplimiento/eliminación posterior de los defectos ante el cliente final sin fijar un plazo y a llevar a cabo la eliminación de los defectos.
- Si el defecto alegado y los costes resultantes se basan únicamente en los bienes adquiridos al proveedor, éste correrá no sólo con los costes de cualquier sustitución o reparación, sino también con los costes adicionales de desplazamiento, trabajo in situ y materiales adicionales.
- Si el defecto se debe proporcionalmente a la mercancía del proveedor y a los gastos ocasionados por ello, el proveedor correrá con nuestros gastos al respecto en la misma proporción porcentual.
- Además, en caso de defecto en serie de la mercancía, tendremos derecho a rechazar la aceptación de toda la entrega o, si ya se ha realizado una entrega parcial, de la entrega restante y a hacer valer los derechos de garantía legales por defectos para toda la entrega. En este sentido, se considera que existe un defecto en serie si al menos el 10% de los bienes entregados presentan el mismo defecto o un defecto similar durante el periodo de garantía.
- Responsabilidad por productos defectuosos – Indemnización – Cobertura del seguro de responsabilidad civil
- En la medida en que el proveedor sea responsable de daños en el producto, estará obligado a indemnizarnos por reclamaciones de daños y perjuicios de terceros a primer requerimiento, siempre que la causa se encuentre dentro de su ámbito de control y organización y él mismo sea responsable frente a terceros.
- En el ámbito de su responsabilidad por casos de daños en el sentido del apartado 1, el proveedor también estará obligado a reembolsar cualquier gasto conforme a los §§ 683, 670 BGB o conforme a los §§ 830, 840, 426 BGB que surjan de o en relación con una acción de retirada llevada a cabo por nosotros. Informaremos al proveedor del contenido y alcance de las medidas de retirada que se llevarán a cabo -en la medida de lo posible y razonable- y le daremos la oportunidad de hacer comentarios. Las demás reclamaciones legales no se verán afectadas.
- El proveedor se compromete a mantener un seguro de responsabilidad por productos defectuosos con una cobertura global de 5 millones de euros por daños personales/daños materiales; si tenemos derecho a otras reclamaciones por daños, éstas no se verán afectadas. Pueden acordarse sumas aseguradas superiores en casos individuales.
- Derechos de propiedad
- El proveedor garantiza que no se infringen derechos de terceros dentro de la República Federal de Alemania en relación con su entrega.
- Si un tercero presenta reclamaciones contra nosotros por este motivo, el proveedor está obligado a indemnizarnos por estas reclamaciones a primera solicitud por escrito; no estamos autorizados a llegar a ningún acuerdo con el tercero -sin el consentimiento del proveedor-, en particular para llegar a un acuerdo.
- La obligación de indemnizar del proveedor se refiere a todos los gastos en los que necesariamente incurramos por o en relación con reclamaciones presentadas por terceros; esto incluye también los costes de representación legal.
- El proveedor debe asegurarse contra estos riesgos en la medida habitual en el comercio.
- El plazo de prescripción es de diez años, calculados a partir de la celebración del contrato.
- Reserva de dominio – Provisión – Herramientas
- Si proporcionamos piezas al proveedor, nos reservamos la propiedad de dichas piezas. La transformación o remodelación por parte del proveedor se realizará en nuestro nombre. Si nuestra mercancía reservada se procesa con otros artículos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo artículo en la proporción del valor de nuestro artículo (precio de compra más IVA) con respecto a los otros artículos procesados en el momento del procesamiento.
- Si el artículo suministrado por nosotros se mezcla inseparablemente con otros artículos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo artículo en la proporción del valor del artículo reservado (precio de compra más IVA) respecto a los otros artículos mezclados en el momento de la mezcla. Si la mezcla se realiza de tal forma que el artículo del proveedor debe considerarse como el artículo principal, se acuerda que el proveedor nos transferirá la copropiedad a prorrata; el proveedor conservará para sí la propiedad exclusiva o la copropiedad.
- En la medida en que las garantías reales a las que tenemos derecho de acuerdo con el apartado 1 y/o el apartado 2 superen el precio de compra de toda nuestra mercancía reservada aún no pagada en más de un 10 %, estaremos obligados a liberar las garantías reales a nuestra discreción a petición del proveedor.
Secreto
- El proveedor está obligado a mantener estrictamente confidenciales todas las ilustraciones, dibujos, cálculos y demás documentos e información recibidos. Sólo podrán ser revelados a terceros con nuestro consentimiento expreso. La obligación de confidencialidad se aplicará también después del cumplimiento de este contrato; expirará si y en la medida en que los conocimientos de fabricación contenidos en las ilustraciones, dibujos, cálculos y otros documentos proporcionados hayan pasado a ser de conocimiento general.
- Los terceros utilizados por el proveedor para cumplir las obligaciones contractuales deben estar obligados en consecuencia. En caso de incumplimiento de esta obligación, podemos exigir la entrega inmediata y reclamar daños y perjuicios.
Varios
- Si el proveedor es un comerciante, nuestro domicilio social será el lugar de jurisdicción; no obstante, también tendremos derecho a demandar al proveedor ante el tribunal de su domicilio social.
- Salvo acuerdo en contrario, el lugar de cumplimiento de la entrega es nuestro domicilio social.
- El contrato seguirá siendo válido en sus partes restantes aunque algunas disposiciones individuales sean legalmente inválidas; la disposición inválida será sustituida por una disposición que se acerque lo más posible a la intención económica de la disposición inválida.
- Todos los acuerdos entre el proveedor y nosotros deben realizarse por escrito; la forma escrita también se aplica a todas las modificaciones y/o acuerdos accesorios antes o después de la celebración del contrato. La forma escrita también se aplicará a cualquier cancelación de esta cláusula de forma escrita.
- El contrato se regirá exclusivamente por la legislación alemana, con exclusión de la CIM.
Condiciones generales de enwitec GmbH para actividades de reparación/servicio
Ámbito de aplicación
Las Condiciones Generales se aplican a las actividades de reparación y servicio del contratista, enwitec electronic GmbH, tanto para reparaciones y servicio de sistemas y dispositivos suministrados por la propia empresa como para reparaciones de sistemas y dispositivos suministrados al cliente por terceros.
A continuación, sólo se utiliza el término reparación; todas las condiciones se aplican también a los servicios puros sin trabajos de reparación.
- Celebración del contrato
- El contenido del contrato y el alcance de las reparaciones a realizar se determinarán exclusivamente mediante la confirmación por escrito del pedido del Contratista.
- Si se dispone de una confirmación de pedido por escrito no contradicha, ésta será determinante para el contenido del contrato y el alcance de la reparación.
- Si el elemento a reparar no es suministrado por el Contratista, el Cliente llamará la atención sobre cualquier derecho de propiedad industrial existente sobre el mismo; siempre que el Contratista no sea culpable, el Cliente indemnizará al Contratista por cualquier reclamación de terceros derivada de derechos de propiedad industrial.
Reparación inviable
- Los servicios prestados para la presentación de una estimación de costes, así como los gastos posteriores en los que se haya incurrido y que deban documentarse (el tiempo de resolución de problemas equivale al tiempo de trabajo) se facturarán al cliente si la reparación no puede llevarse a cabo por motivos no imputables al contratista, en particular porque
- el fallo en cuestión no se produjo durante la inspección,
- no se pueden conseguir piezas de recambio,
- el cliente ha incumplido culpablemente el plazo acordado,
- el contrato se ha cancelado durante la ejecución.
- El artículo a reparar sólo debe ser devuelto a su estado original a petición expresa del cliente contra reembolso de los gastos, a menos que el trabajo realizado no fuera necesario.
- Si la reparación no puede llevarse a cabo, el Contratista no será responsable de los daños al objeto a reparar, del incumplimiento de las obligaciones contractuales secundarias y de los daños que no se hayan producido en el propio objeto a reparar, independientemente de los motivos legales invocados por el Cliente. Sin embargo, el Contratista será responsable en caso de dolo, negligencia grave por parte del propietario/los órganos ejecutivos o empleados ejecutivos, así como en caso de incumplimiento culpable de las obligaciones contractuales materiales. En caso de incumplimiento culpable de las obligaciones contractuales materiales, el Contratista será responsable -excepto en los casos de dolo y negligencia grave por parte del propietario/los órganos ejecutivos o los empleados ejecutivos- únicamente por los daños razonablemente previsibles típicos del contrato.
Cooperación y asistencia técnica por parte del cliente en caso de reparaciones ajenas a las obras del contratista
- El cliente debe ayudar al personal de reparación a realizar la reparación, corriendo con los gastos.
- El cliente debe tomar las medidas especiales necesarias para proteger a las personas y los bienes en el lugar de la reparación. También informará al responsable de la reparación sobre las normas de seguridad especiales existentes, en la medida en que sean importantes para el personal de reparación. Informará al contratista de cualquier infracción de dichas normas de seguridad por parte del personal de reparación. En caso de infracciones graves, podrá, en consulta con el responsable de la reparación, denegar al infractor el acceso al lugar de la reparación.
- El cliente está obligado a prestar asistencia técnica a sus expensas, en particular a:
- Proporcionar los ayudantes adecuados necesarios en el número requerido para la reparación y durante el tiempo necesario; los ayudantes deben seguir las instrucciones del responsable de la reparación. El Contratista no asume ninguna responsabilidad por los ayudantes. Si un defecto o daño es causado por los ayudantes debido a las instrucciones del responsable de la reparación, se aplicarán en consecuencia las disposiciones de las Secciones X y XI.
- Realización de todos los trabajos de construcción, encamado y andamiaje, incluida la adquisición de los materiales de construcción necesarios.
- Suministro de los equipos y herramientas pesadas necesarios, así como de las mercancías y materiales requeridos.
- Suministro de calefacción, iluminación, energía eléctrica, agua, incluidas las conexiones necesarias.
- Disposición de los locales necesarios, secos y con cerradura, para el almacenamiento de las herramientas del personal de reparación.
- Protege el lugar de la reparación y los materiales de influencias dañinas de cualquier tipo; limpia el lugar de la reparación.
- Provisión de salas de recreo y trabajo adecuadas y a prueba de robos (con calefacción, iluminación, lavabos, instalaciones sanitarias) y primeros auxilios para el personal de reparación.
- Suministro de materiales y realización de todas las demás acciones necesarias para la puesta a punto del elemento a reparar y para la realización de una prueba acordada contractualmente.
- La asistencia técnica del Cliente debe garantizar que la reparación pueda iniciarse inmediatamente después de la llegada del personal de reparación y pueda llevarse a cabo sin demora hasta la aceptación por parte del Cliente. Si se requieren planos o instrucciones especiales del contratista, éste deberá ponerlos a disposición del cliente con la debida antelación.
- Si el Cliente incumple sus obligaciones, el Contratista tendrá derecho, pero no estará obligado, tras fijar un plazo, a llevar a cabo las acciones que correspondan al Cliente en su lugar y a su costa. Por lo demás, los derechos y reclamaciones legales del Contratista no se verán afectados.
Plazo de reparación, retraso en la reparación
- La información sobre los plazos de reparación se basa en estimaciones y, por tanto, no es vinculante.
- El cliente sólo puede exigir el acuerdo de un plazo de reparación vinculante, que debe designarse como vinculante, una vez que se haya determinado con precisión el alcance del trabajo.
- El plazo de reparación vinculante se considerará cumplido si el objeto a reparar está listo para su aceptación por el cliente en el momento de su vencimiento o, en el caso de una prueba acordada contractualmente, está listo para la prueba.
- Si se realizan pedidos adicionales y de ampliación en una fecha posterior o si son necesarios trabajos de reparación adicionales, el periodo de reparación acordado se ampliará en consecuencia.
- El Contratista podrá -sin perjuicio de sus derechos derivados del incumplimiento del Cliente- exigir una prórroga del plazo al Cliente si éste incumple sus obligaciones contractuales para con el Contratista, en particular las derivadas de IV. de las presentes Condiciones Generales de Reparación y Servicio.
- El Contratista no será responsable de la imposibilidad de ejecución o de los retrasos en la ejecución en la medida en que estén causados por fuerza mayor u otros acontecimientos imprevisibles en el momento de la ejecución (por ejemplo interrupciones operativas de cualquier tipo, dificultades en la obtención de materiales o energía, retrasos en el transporte, huelgas, cierres patronales legales, escasez de mano de obra, energía o materias primas, dificultades para obtener los permisos oficiales necesarios, medidas oficiales, advertencias de viaje o la falta de, entrega incorrecta o fuera de plazo por parte de los proveedores, pandemias, epidemias, epidemias, medidas y órdenes oficiales como órdenes de cuarentena) de los que el Contratista no sea responsable. Si tales acontecimientos dificultan significativamente o imposibilitan al Contratista la prestación del servicio y el impedimento no es sólo de carácter temporal, el Contratista tendrá derecho a rescindir el contrato. En caso de impedimentos de duración temporal, los plazos de ejecución se ampliarán o las fechas de ejecución se pospondrán por el periodo del impedimento más un periodo razonable de puesta en marcha. Cualquier penalización contractual acordada se suspenderá durante este periodo.
Aceptación
- El cliente está obligado a aceptar el trabajo de reparación tan pronto como se le haya notificado su finalización y se hayan realizado las pruebas acordadas contractualmente del elemento a reparar. Si la reparación resulta no ser conforme con el contrato, el Contratista estará obligado a rectificar el defecto. Esto no se aplicará si el defecto es insignificante para los intereses del cliente o se basa en una circunstancia atribuible al cliente. Si se trata de un defecto insignificante, el cliente no podrá rechazar la aceptación.
- Si el cliente ha sido requerido por el personal de servicio para aceptar la mercancía y, a pesar de ello, no lo ha hecho en presencia del personal de servicio, el cliente correrá con los gastos adicionales de un viaje de vuelta con el fin de subsanar el defecto. Esto no se aplicará si el cliente puede demostrar que aún no estaba obligado a aceptar la mercancía o que la aceptación inmediata no era razonable para él.
- Si la aceptación se retrasa por causas ajenas al Contratista, se considerará que la aceptación ha tenido lugar dos semanas después de la notificación de la finalización de la reparación. Tras la aceptación, la responsabilidad del Contratista por defectos reconocibles se extinguirá, a menos que el Cliente se haya reservado el derecho de hacer valer un defecto específico.
Reserva de dominio, prórroga del derecho de retención
- El Contratista conservará la propiedad de todos los accesorios, piezas de repuesto y unidades de sustitución utilizadas hasta que se hayan recibido todos los pagos derivados del contrato de reparación. Se pueden establecer otros acuerdos de seguridad.
- El contratista tiene derecho a un derecho de retención sobre el objeto de reparación del cliente que haya llegado a su posesión en virtud del contrato, debido a su reclamación derivada del contrato de reparación. El derecho de retención también podrá hacerse valer por reclamaciones derivadas de trabajos realizados con anterioridad, entregas de piezas de repuesto y otros servicios, en la medida en que estén relacionados con el objeto a reparar. El derecho de retención sólo se aplicará a otras reclamaciones derivadas de la relación comercial en la medida en que sean indiscutibles o jurídicamente vinculantes.
Retención y compensación
La compensación del precio de compra con reconvenciones del cliente sólo se permite con reclamaciones indiscutibles o legalmente establecidas.
El cliente sólo está autorizado a ejercer un derecho de retención en la medida en que su reconvención se base en la misma relación contractual.
Exclusión de garantía
- El Contratista no tendrá obligación de garantía si el defecto es insignificante para los intereses del Cliente o se basa en una circunstancia imputable al Cliente. Esto se aplica en particular a las piezas proporcionadas por el cliente.
- En caso de modificaciones indebidas o trabajos de reparación realizados por el Cliente o terceros sin el consentimiento previo del Contratista, se cancelará la responsabilidad del Contratista por las consecuencias resultantes. Sólo en casos urgentes en los que se ponga en peligro la seguridad operativa y para evitar daños desproporcionadamente grandes, en cuyo caso deberá notificarse inmediatamente al Contratista, o si el Contratista -teniendo en cuenta las excepciones legales- ha dejado transcurrir sin éxito un plazo razonable fijado para subsanar el defecto, el Cliente tendrá derecho, en el marco de las disposiciones legales, a subsanar el defecto por sí mismo o a encargar su subsanación a terceros y a exigir al Contratista el reembolso de los costes necesarios.
Responsabilidad del contratista, exclusión de responsabilidad
- Si partes del objeto a reparar resultan dañadas por culpa del Contratista, éste deberá, a su discreción, repararlas o sustituirlas a su costa. La obligación de indemnizar se limitará al precio de reparación contractual. En caso contrario, IX.
- De los daños que no se hayan producido en el propio objeto a reparar, el Contratista sólo será responsable -por las razones legales que sean-
- con intención,
- en caso de negligencia grave por parte del propietario/los órganos ejecutivos o los empleados superiores,
- en caso de lesión culposa de la vida, la integridad física o la salud,
- en caso de defectos que haya ocultado fraudulentamente,
- como parte de un compromiso de garantía,
- en la medida en que exista responsabilidad en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos por daños personales o materiales causados a objetos de uso privado.
- En caso de incumplimiento culpable de las obligaciones contractuales materiales, el Contratista también será responsable por negligencia grave por parte de los empleados no ejecutivos y por negligencia leve, en este último caso limitada a los daños razonablemente previsibles típicos del contrato. Quedan excluidas otras reclamaciones.
Prescripción
Todas las reclamaciones del cliente – por cualquier motivo legal – prescribirán a los 12 meses. Los plazos legales se aplicarán a las reclamaciones por daños y perjuicios de conformidad con la Sección IV. 3 a-d y f. Si el contratista lleva a cabo trabajos de reparación en un edificio y, por lo tanto, provoca que sea defectuoso, también se aplicarán los plazos legales.
- Legislación aplicable, fuero competente
- Todas las relaciones jurídicas entre el Contratista y el Cliente se regirán exclusivamente por la legislación de la República Federal de Alemania aplicable a las relaciones jurídicas entre partes nacionales.
- El lugar de jurisdicción es el tribunal responsable del domicilio social del Contratista. No obstante, el Contratista tendrá derecho a interponer una demanda en la sede del Cliente.
- Todos los acuerdos entre el Contratista y el Cliente deberán realizarse por escrito; la forma escrita también se aplicará a todas las modificaciones y/o acuerdos accesorios antes o después de la celebración del contrato. A este respecto, la forma escrita también se aplicará a cualquier cancelación de esta cláusula de forma escrita.
- El contrato seguirá siendo válido aunque alguna de sus disposiciones sea inválida; la disposición inválida será sustituida por una disposición que se aproxime lo más posible a la intención económica de la disposición inválida.
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